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¿CÓMO LO HACEMOS?
¿CÓMO LO HACEMOS?
¿CÓMO LO HACEMOS?


Los Órganos Internos de Control
son órganos desconcentrados de la Secretaría de la Contraloría General con autonomía técnica y de gestión, que dependiendo jerárquica, administrativa y funcionalmente de esta son autoridades investigadoras, substanciadoras y resolutoras de las faltas administrativas cometidas por los servidores públicos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal a las que estén asignados, y son responsables, en dichas dependencias y entidades, de las funciones de control interno, desarrollo administrativo, control gubernamental, participación social, vinculación, transparencia y combate a la corrupción, de conformidad con las normas generales y demás instrucciones, políticas y lineamientos que emita el titular de la Secretaría.
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